AAP es un programa federal.[1]Consulte el Título 42 del Código de EE. UU. sección 670 y siguientes, y el Título 45 del Código Fed. de Regs., secciones 1356.40 y 1356.41 Implementadas por los estados[2]Consulte la sección 16115.5 y siguientes del Código de Instituciones y Bienestar de California y el Título 22 del Código de Reglamentos de California, sección 35000 y siguientes que alienta a las personas a adoptar niños en hogares de acogida, o que probablemente terminen en hogares de acogida. El programa ofrece incentivos económicos a la familia adoptiva.
Usted debe cumplir con tres requisitos para ser elegible para el AAP:
- El niño debe ser menor de 18 años (o menor de 21 años si el niño tiene una discapacidad mental o física y aún necesita ayuda).
- No es probable que el niño sea adoptado sin ayuda económica debido a su edad, discapacidad, hermanos y hermanas que necesitan permanecer juntos, raza, origen étnico o color.
- Los tribunales deben participar y haber determinado que la adopción es en el mejor interés del niño.[3]Código de Bienestar e Instituciones, sección 16120
Las adopciones internacionales e independientes no son elegibles para el AAP. Los niños que reciben servicios de un centro regional y que también reciben beneficios del AAP se denominan “niños de agencia dual”. Los niños de agencia dual requieren cuidado y supervisión más allá del proporcionado a otros niños en cuidado de acogida.[4]Código de Bienestar e Instituciones, sección 11464(a)(1) Los niños que reciben los beneficios del AAP siguen teniendo derecho a recibir los servicios del centro regional en virtud de la Ley Lanterman.[5]Sección 4684 Los centros regionales a veces intentan decir que el dinero del AAP debe pagar servicios como los servicios de relevo o de comportamiento. Sin embargo, las audiencias administrativas han establecido repetidamente que los fondos del AAP no son un recurso genérico y no tienen que usarse para pagar los servicios del centro regional.[6]Entre los casos en los que se determinó que la AAP no es un recurso genérico figuran: LH contra el Centro Regional Valley Mountain, Caso OAH N.º 2002080370, Rebecca K. contra el Centro Regional … Continue reading
Si está considerando adoptar a un niño con una discapacidad del desarrollo, comuníquese con Disability Rights California para obtener información sobre cómo acceder al programa AAP.
↑1 | Consulte el Título 42 del Código de EE. UU. sección 670 y siguientes, y el Título 45 del Código Fed. de Regs., secciones 1356.40 y 1356.41 |
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↑2 | Consulte la sección 16115.5 y siguientes del Código de Instituciones y Bienestar de California y el Título 22 del Código de Reglamentos de California, sección 35000 y siguientes |
↑3 | Código de Bienestar e Instituciones, sección 16120 |
↑4 | Código de Bienestar e Instituciones, sección 11464(a)(1) |
↑5 | Sección 4684 |
↑6 | Entre los casos en los que se determinó que la AAP no es un recurso genérico figuran: LH contra el Centro Regional Valley Mountain, Caso OAH N.º 2002080370, Rebecca K. contra el Centro Regional East Bay, Caso OAH N.º 2000030471, Breanna W. contra el Centro Regional San Andreas, Caso OAH N.º 2000120046, TS, CS y JS contra el Centro Regional San Gabriel/Pomona, Casos OAH N.º 2003050412, 2003050413 y 2003050414, y Jareth S. y Candace
S. contra el Centro Regional North Los Angeles County, Casos OAH N.º 2000010339 y 2000010340 |