Los centros regionales deben respetar las necesidades lingüísticas de su hijo y su familia.[1]Sección 4502.1(b) La buena comunicación es fundamental. Si usted (el padre o tutor del niño) no habla o no entiende inglés, o se siente más cómodo hablando un idioma diferente, informe al centro regional en la primera reunión de admisión.
Si necesita un intérprete, infórmelo al centro regional lo antes posible. Usted puede tener un intérprete en cada reunión, incluida la reunión inicial y las llamadas telefónicas de su hijo.[2]Sección 4646(j)(1) También puede traer a un amigo o familiar que hable inglés para que los ayude a usted y a su hijo. Sin embargo, el centro regional no puede obligarlo a traer a alguien para evitar la contratación de un intérprete. Si necesita un intérprete para apelar una decisión del centro regional, el centro debe contratar y pagar un intérprete en la reunión informal para tratar de resolver la disputa.[3]Sección 4710.8(c)
También tiene derecho a que se traduzca el IPP de su hijo (y otros documentos)[4]Sección 4646(j)(2) Si el centro regional no traduce los documentos de su hijo ni le proporciona un intérprete, llame a Disability Rights California.