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(6.37) ¿El centro regional está involucrado en la transición de los estudiantes de educación especial de la escuela a la vida post-escolar?

(6.37) ¿El centro regional está involucrado en la transición de los estudiantes de educación especial de la escuela a la vida post-escolar?

El centro regional debe trabajar con el niño y la familia para garantizar una transición sin problemas fuera del sistema de escuelas públicas. Usted y su hijo deben decidir qué hacer a continuación y qué debe incluir el IPP para alcanzar las metas de vida adulta de su hijo. Sin embargo, es posible que los estudiantes de 18 a 22 años que no hayan recibido un diploma regular o certificado de finalización de su distrito escolar, aún necesiten utilizar los servicios de educación especial. Debido a que el distrito escolar sigue siendo un recurso genérico para los servicios de transición para estos estudiantes mayores, la ley dice que los centros regionales no pueden pagar ciertos servicios a menos que los ofrecidos por el distrito escolar no sean un sustituto apropiado. Estos servicios son:

  • Programas diurnos,
  • Educación vocacional,
  • Servicios de trabajo,
  • Programas de vida independiente, o
  • Capacitación en movilidad y servicios de transporte relacionados. [1]Sección 4648.55.

Consulte el Capítulo 9 para obtener más información sobre el proceso de transición y cómo obtener los servicios enumerados anteriormente para personas de 18 a 22 años.

References
1 Sección 4648.55