Sí. La ley dice que los centros regionales deben asegurarse de que no haya otras agencias o recursos con el deber de proporcionar el servicio que está solicitando. Esto se denomina “agotar los recursos genéricos”.
Un “recurso genérico” es una agencia o recurso requerido para atender a todos los miembros del público en general, sean o no clientes del centro regional. Entre los ejemplos de recursos genéricos podemos encontrar parques de la ciudad y programas de recreación, escuelas y Medi-Cal.[1]Nota al pie de la Sección 4644(b) del Código de Bienestar e Instituciones.
La ley también permite que los centros regionales financien un servicio mientras usted intenta obtener el recurso genérico.[2]Nota al pie de la Sección 4659 del Código de Bienestar e Instituciones.