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(6.17) ¿El centro regional puede pagar el campamento y los servicios de recreación social? ¿Y los servicios educativos y las terapias no médicas?

(6.17) ¿El centro regional puede pagar el campamento y los servicios de recreación social? ¿Y los servicios educativos y las terapias no médicas?

Sí. A partir del mes de julio de 2021, los centros regionales pueden pagar lo siguiente:

  1. Servicios de campamentos y gastos de viajes relacionados.
  2. Actividades recreativas sociales, excepto las actividades proporcionadas como programas diurnos basados en la comunidad.
  3. Servicios educativos para niños de 3 a 17 años.
  4. Terapias no médicas, que incluyen, entre otras actividades, recreación especializada, arte, baile y música.

Estos servicios se “suspendieron” en 2009 porque los centros regionales no podían pagarlos. California tuvo una emergencia financiera y los centros regionales tuvieron que dejar de pagar estos servicios.

De todos modos, la suspensión se ha anulado después de una modificación en la ley. Los centros regionales pueden pagar nuevamente los campamentos, servicios de recreación social, servicios educativos y las terapias no médicas.

Los servicios de campamento pueden incluir campamentos diurnos, campamentos nocturnos y viajes. Algunos ejemplos de servicios de recreación social son la natación y la equitación. Los servicios educativos son para niños de 3 a 17 años. Las terapias no médicas pueden incluir recreación especializada, arte, danza y música. Para pedirle al centro regional que financie cualquiera de estos servicios, solicite una reunión del IPP para hablar sobre sus necesidades y objetivos.