Sí. Si el centro regional se niega a proporcionar un servicio o cambia un servicio sin avisarle, puede apelar. No necesita un aviso para apelar. Si el centro regional no le da un aviso, su apelación no puede considerarse tardía.
Solicite una apelación lo antes posible. Esto protege su derecho a apelar y es posible que tenga derecho a continuar con los servicios durante la apelación. Su carta debe decir que no recibió un “aviso adecuado”. Consulte el Suplemento N para conocer los plazos de las apelaciones.
Solicite su apelación de inmediato para que sus servicios puedan continuar (si es un servicio que ya está recibiendo). Posteriormente, puede presentar un reclamo (denominado reclamo de la sección 4731) sobre los problemas con el aviso. Consulte los Reclamos de la Sección 4731.