Después de la audiencia, el juez, a menudo denominado funcionario de audiencias, tiene 10 días hábiles para redactar una decisión. Usted debe recibir la decisión no más de 80 días después de su apelación.[1]§ 4712.5(a) A menos que los plazos se hubieran extendido si solicitó más tiempo durante el proceso de apelación, esto se denomina “aplazamiento”.
La decisión del funcionario de audiencias debe:
- Estar escrita de manera sencilla, en un tipo de lenguaje de uso diario.
- Incluir un resumen de los hechos.
- Nombrar las pruebas que utilizó el funcionario de audiencias para tomar la decisión.[2]§ 4712.5(b)
- Incluir una decisión sobre todos los asuntos o cuestiones mencionados en la solicitud de audiencia y presentados durante la audiencia.
- Indicar las leyes, regulaciones y políticas que respaldan la decisión del funcionario de audiencias.
El director del DDS puede revisar algunas decisiones de la audiencia y determinar hacer cambios en la decisión antes de que sea final. La decisión del director se toma dentro de los 90 días a partir de la fecha en que se recibió su apelación.
La decisión de la audiencia será traducida a su idioma preferido. También recibirá una copia en inglés.