Si solicita ver su expediente, el centro regional tiene 3 días hábiles para mostrárselo.[1]Secciones 4726, 4728. La ley dice que tiene derecho a acceder a su expediente antes de la reunión informal voluntaria. Consulte la Sección 4710.7(d) Tiene derecho a ver todos los registros en el archivo de su centro regional, incluso los registros de agencias o personas externas.[2]“Registro” significa cualquier pieza de información que una agencia de servicios tenga y que esté directamente relacionada con una persona que tiene o se cree que tiene una discapacidad … Continue reading
Es importante que revise su expediente y solicite copias de los registros que necesita antes de su audiencia.
↑1 | Secciones 4726, 4728. La ley dice que tiene derecho a acceder a su expediente antes de la reunión informal voluntaria. Consulte la Sección 4710.7(d) |
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↑2 | “Registro” significa cualquier pieza de información que una agencia de servicios tenga y que esté directamente relacionada con una persona que tiene o se cree que tiene una discapacidad del desarrollo. Incluye información escrita a mano, materiales impresos, cintas, películas, microfilmes u otra información. Sección 4725(b) |