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(10.3) ¿Cuándo debe notificarme el centro regional?

(10.3) ¿Cuándo debe notificarme el centro regional?

Si usted y el centro regional están de acuerdo, el centro regional no tiene que notificarle por escrito. Un acuerdo significa que usted firma un IPP o un documento escrito que dice que está de acuerdo con la decisión de un centro regional de cambiar, denegar o cancelar un servicio.[1]Sección 4701(k) Si no hay un IPP firmado o un documento escrito, pero el centro regional cree que usted está de acuerdo con su decisión, debe enviarle una carta explicando su decisión, por qué cree que usted está de acuerdo con la decisión y brindarle información sobre su derecho a apelar la decisión.[2]Sección 4701(k).

El centro regional debe notificarle por escrito si usted no está de acuerdo con una decisión que toma el centro regional, incluso cuando:

  • Solicita los servicios del centro regional y le dicen que no tiene una discapacidad del desarrollo y que no califica para los servicios.[3]Sección 4710I
  • Está recibiendo servicios del centro regional y ellos deciden que ya no califica para los servicios.[4]Sección 4710(a)(2)
  • El centro regional dice que no brindará un servicio que usted ha solicitado.[5]Sección 4710(b) (Tiene 5 días hábiles para enviarle una notificación por correo certificado).[6]Sección 4710(b)
  • El centro regional desea suspender o cambiar un servicio en su IPP y usted no está de acuerdo.[7]Sección 4710(a)(1) El centro regional debe notificarle al menos 30 días antes de cambiar el servicio en su IPP.[8]Sección 4710(a)(1) Consulte la Excepción a los requisitos de notificación a continuación, para conocer las excepciones a esta regla
  • El centro regional dice que no tiene el dinero para brindarle servicios.[9]Sección 4710(c)
  • Usted no está de acuerdo con la totalidad o parte de su IPP.[10]Sección 4646(i)

Es ilegal que el centro regional deniegue o cambie un servicio sin notificarlo por escrito. Pídale al centro regional que le envíe una notificación por escrito. Puede apelar incluso si el centro regional se niega a enviarle una notificación. Consulte las preguntas sobre apelaciones sin aviso o apelaciones tardías. También puede presentar un reclamo (denominado Reclamo o Queja de la Sección 4731) ante el director del centro regional.[11]Presentar una apelación a tiempo es más importante. Presente un Reclamo de la Sección 4731 con su apelación de audiencia imparcial si tiene suficiente tiempo Consulte la sección sobre Reclamos 4731. Si vive en un centro de desarrollo, notifique al director.[12]Sección 4731(b)

Consulte el Suplemento O para ver un ejemplo de Reclamo 4731.

Haga clic AQUÍ para obtener un formulario de “Aviso de acción propuesta”. [13]Puede ver e imprimir los formularios del DDS en línea en: https://www.dds.ca.gov/transparency/dds-forms/

References
1 Sección 4701(k)
2 Sección 4701(k).
3 Sección 4710I
4 Sección 4710(a)(2)
5 Sección 4710(b)
6 Sección 4710(b)
7 Sección 4710(a)(1)
8 Sección 4710(a)(1) Consulte la Excepción a los requisitos de notificación a continuación, para conocer las excepciones a esta regla
9 Sección 4710(c)
10 Sección 4646(i)
11 Presentar una apelación a tiempo es más importante. Presente un Reclamo de la Sección 4731 con su apelación de audiencia imparcial si tiene suficiente tiempo
12 Sección 4731(b)
13 Puede ver e imprimir los formularios del DDS en línea en: https://www.dds.ca.gov/transparency/dds-forms/