Usted tiene derecho a:
- Estar presente en todas las reuniones que forman parte de la apelación.[1]Sección 4701(a)(9)
- Ofrecer evidencia escrita o hablada.[2]Sección 4701(a)(9)
- Hacer que testigos testifiquen por usted.[3]Sección 4701(a)(9)
- Interrogar a los testigos del centro regional.[4]Sección 4701(a)(9)
- Hablar por usted mismo en la audiencia.[5]Sección 4701(a)(9)
- Tener un defensor, abogado u otra persona que lo represente.
- El centro regional no puede tener un abogado en una reunión informal, mediación o audiencia a menos que usted sea abogado o tenga un abogado con usted.[6]Sección 4705.5
- Debe informarle al centro regional si llevará un abogado 5 días antes de la mediación y 15 días antes de la audiencia.[7]Sección 4705.5
- Descalificar una oficina de audiencia bajo ciertas circunstancias.[8]Sección 4701(a)(9)
- Hacer que un intérprete brinde interpretación en el idioma que prefiera usted o su representante autorizado.[9]Sección 4701(a)(8)
- Consultar los registros del centro regional sobre usted y su caso.[10]Sección 4701(a)(8)
El centro regional debe darle una explicación por escrito de sus derechos. También deben brindarle información por escrito sobre dónde obtener ayuda de defensa, como el Defensor de los derechos de los clientes, el SCDD y Disability Rights California.[11]Sección 4710(a)(5)