Tiene derecho a continuar con los servicios que el centro regional desea cambiar mientras espera su apelación. Este derecho tan importante se denomina “ayuda pagada pendiente”. Sin embargo, debe solicitar la apelación dentro de los 30 días después de recibir la notificación. [1]§ 4715. Si espera más de 30 días, no recibirá sus servicios actuales durante la apelación.
Consulte un cuadro con los plazos para las apelaciones en el Suplemento N.
Se trata de nuevos plazos, que solían ser más cortos. Gracias a la defensa comunitaria, los plazos se han ampliado, pero aún deben cumplirse.
↑1 | § 4715 |
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