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(4.64) Si apelo la decisión de un centro regional de reducir, cambiar o suspender un servicio del IPP, ¿qué sucede con ese servicio durante mi apelación?

(4.64) Si apelo la decisión de un centro regional de reducir, cambiar o suspender un servicio del IPP, ¿qué sucede con ese servicio durante mi apelación?

Debe presentar su apelación dentro de los 10 días a partir de la fecha en que reciba la notificación por correo para que se brinde el servicio hasta que se decida la apelación. [1]Secciones 4701(n) y 4715(a) Esto se denomina “Aid Paid Pending” (Ayuda con pago pendiente).Si no envía su apelación por correo electrónico, su fecha de apelación será la fecha del sello de su carta de apelación. Usted siempre tiene 30 días después de que el centro regional le notifique de una reducción, terminación o cambio para apelar el cambio propuesto. Pero, para que un servicio continúe hasta que se decida su apelación, debe actuar más rápidamente y apelar dentro de los 10 días posteriores a la recepción de la notificación del centro regional. [2]Sección 4710.5(a)

References
1 Secciones 4701(n) y 4715(a)
2 Sección 4710.5(a)