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(4.57) ¿El IPP debe decir si el centro regional me ayudará a obtener servicios de otra agencia?

(4.57) ¿El IPP debe decir si el centro regional me ayudará a obtener servicios de otra agencia?

Incluso si una necesidad de servicio será satisfecha por otra fuente, como un recurso genérico, aun así, debe incluirse en el IPP. [1]Sección 4646.5(a)(5) Y el IPP debe describir las acciones necesarias para que comiencen los servicios genéricos. [2]Sección 4646.5(a)(5) Si tiene problemas para solicitar el recurso genérico que proveerá los servicios, entonces las acciones necesarias para que los servicios comiencen pueden incluir ayudarlo a presentar su solicitud. Si no necesita ayuda para presentar la solicitud, pero el recurso genérico rechaza su solicitud, es posible que las acciones necesarias incluyan servicios de defensoría por parte del centro regional. [3]Sección 4648(b)

Los centros regionales no deben simplemente derivarlo a agencias genéricas para obtener los servicios enumerados por el IPP, sino que también deben asegurarse de que los servicios necesarios estén disponibles y sean proporcionados. El centro regional también debe asegurarse de que no se produzcan brechas en los servicios que usted necesita. [4]La Ley Lanterman determina: “[l] as complejidades de brindar servicios y apoyos a personas con discapacidades del desarrollo requieren la coordinación de los servicios de muchos departamentos … Continue reading

Si otra agencia se niega a pagar por un servicio o apoyo que necesita de inmediato (y de lo contrario sería responsabilidad del centro regional), el centro regional debe pagarlo hasta que la parte responsable acuerde pagar. [5]Una vez que se identifican los servicios y apoyos en el IPP, el centro regional debe asegurar los servicios y apoyos necesarios. Consulte las Secciones 4648(a) y 4640.7 y Association for Retarded … Continue reading Por lo tanto, el IPP debe indicar si el centro regional lo ayudará a obtener el servicio que necesita de otra agencia y si el centro regional lo brindará de inmediato, en caso de que el otro recurso no lo haga.

References
1 Sección 4646.5(a)(5)
2 Sección 4646.5(a)(5)
3 Sección 4648(b)
4 La Ley Lanterman determina: “[l] as complejidades de brindar servicios y apoyos a personas con discapacidades del desarrollo requieren la coordinación de los servicios de muchos departamentos estatales y agencias comunitarias, para asegurar que no haya brechas en la comunicación ni en la provisión de servicios y apoyos”. Sección 4501
5 Una vez que se identifican los servicios y apoyos en el IPP, el centro regional debe asegurar los servicios y apoyos necesarios. Consulte las Secciones 4648(a) y 4640.7 y Association for Retarded Citizens contra DDS (1985) 38 Cal.3d 384, en 388 y 390. La obtención de los servicios del IPP se realiza mediante la contratación o la obtención de servicios por parte de agencias genéricas u otros recursos. Sección 4647(a). Si los servicios que se necesitan de inmediato no pueden ser proporcionados en el momento por los recursos genéricos o de otro tipo, el centro regional debe contratarlos.