Para las familias que tienen un ingreso anual superior al 400 por ciento del nivel federal de pobreza, el centro regional aún puede pagar copagos o coseguros asociados con el servicio o apoyo. Pero debe cumplir con diferentes condiciones.
Si el servicio es para su hijo menor de edad, el servicio debe estar incluido en el IPP o IFSP de su hijo. Además, el servicio es necesario para que su hijo se mantenga y permanezca en el hogar. [1]Sección 4659.1(d)
Finalmente, (ya sea que su hijo sea menor de edad o adulto) debe demostrar que se aplica uno o más de estos:
- Ocurrió un evento extraordinario que afecta su capacidad para pagar el copago o el coseguro, o para satisfacer las necesidades de atención y supervisión de su hijo.
- Una pérdida catastrófica (como desastres naturales o accidentes) que afecta temporalmente su capacidad para pagar copagos o coseguros.
- Uno o más de sus hijos tienen costos médicos significativos no reembolsados. [2]Sección 4659.1(d)(1-3)