Para obtener SLS, debe tener al menos 18 años de edad y querer vivir en una casa o apartamento de su propiedad o en alquiler.[1]Título 17 del Código de Reglamentos de California, sección 58613(a) Si pronto cumplirá 18 años, puede solicitar una evaluación de SLS en una reunión de IPP para iniciar el proceso, de modo que pueda mudarse cuando sea elegible para SLS.
¡Importante! Todos tienen derecho a obtener SLS. Es contra la ley negar SLS a alguien porque podría necesitar muchos apoyos.[2]Sección 4689(a)(8) y Título 17 del Código de Reglamentos de California, sección 58613(b)
Al igual que lo haría para obtener ILS, siga estos pasos para obtener SLS:
- Dígale a su equipo de IPP que quiere SLS
- Solicite una reunión de IPP
- Solicite a un responsable de la toma de decisiones que conozca SLS para que asista a la reunión de IPP.
Consulte el Suplemento H sobre cómo solicitar una reunión de IPP.
Algunos centros regionales le pedirán que asista a una orientación de SLS antes de la reunión de IPP. Esto puede ayudarlo a comprender más sobre SLS y cómo se proporciona. Tener que ir a la orientación no debería retrasar demasiado la reunión de IPP.
Una vez que los SLS estén en su IPP, debe elegir un proveedor de SLS. Tiene opciones:
- Puede recomendar a un familiar, amigo o proveedor de SLS que conozca. O coordinar los servicios usted mismo.
- Puede pedir al centro regional los nombres de las agencias de SLS. Puede entrevistarlos para decidir qué agencia prefiere. Consulte el Suplemento O para ver preguntas para una agencia de SLS cuando los entreviste.
- Si da su permiso, el centro regional puede enviar información sobre usted a varias agencias de SLS para ver cuáles pueden y están interesadas en brindarle servicios. Puede entrevistar a esas agencias.
Una vez que elija un proveedor de SLS, el centro regional debe hacer los arreglos necesarios para que usted realice una evaluación de SLS. El proveedor de SLS que elija normalmente hará la evaluación. Sin embargo, algunos centros regionales harán que otra persona realice la evaluación. El equipo del IPP primero completará un “cuestionario de evaluación estandarizado” cuando desarrolle, revise o modifique el IPP.[3]Sección 4689(p)(1) Esto es para asegurarse de que reciba la cantidad y el tipo de apoyo adecuados. El cuestionario está en el sitio web del DDS aquí.
La evaluación de SLS puede llevar tiempo, ya que usted y el evaluador deben conocerse. El evaluador analizará los servicios y apoyos que necesita y desea para vivir en su propia casa e integrarse en su comunidad. Ellos harán una evaluación integral para conocerlo y desarrollar un plan.[4]Sección 4689(p)(2)
El proveedor de SLS coordinará los servicios y apoyos que necesita para vivir en su propia casa. Estos se enumeran en su plan de IPP y SLS, incluidos los servicios de agencias genéricas o apoyos naturales. El proveedor no necesita una licencia especial para proporcionar SLS. El proveedor puede ser una agencia de vida con apoyo o un familiar o amigo[5]Título 17 del Código de Reglamentos de California, sección 58616 Puede coordinar los servicios usted mismo.
Una vez que el plan SLS esté completo, es posible que necesite otra reunión de IPP. Si se aprueba el plan SLS, la agencia de SLS puede ayudarlo a encontrar un lugar para vivir, encontrar compañeros de vivienda si los necesita o los desea, y contratar personas de apoyo personal. Pueden pasar hasta seis meses desde el momento en que solicita SLS por primera vez hasta que se muda a su hogar.
El centro regional observará qué tan buenos son sus servicios y qué tan bien funcionan, ya sea que el proveedor sea su familia, amigos o una agencia de SLS.[6]Sección 4689(e)
↑1 | Título 17 del Código de Reglamentos de California, sección 58613(a) |
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↑2 | Sección 4689(a)(8) y Título 17 del Código de Reglamentos de California, sección 58613(b) |
↑3 | Sección 4689(p)(1) |
↑4 | Sección 4689(p)(2) |
↑5 | Título 17 del Código de Reglamentos de California, sección 58616 |
↑6 | Sección 4689(e) |