Los servicios y apoyos que prestan los centros regionales incluyen, entre otros, los que se enumeran a continuación. Esta lista proviene de la sección 4512(b) de la Ley Lanterman. Si necesita un servicio que no está en esta lista, el equipo del IPP puede autorizarlo de todos modos.
- Servicios de equipo de adaptación
- Defensoría
- Asistencia o facilitación para defensoría
- Evaluación
- Asistencia para encontrar, modificar y mantener un hogar
- Modificación del comportamiento
- Campamentos
- Cuidado de niños
- Servicios de integración comunitaria
- Colocación residencial en la comunidad
- Facilitación de apoyo comunitario
- Asesoramiento para el consumidor
- Asesoramiento a la familia del consumidor
- Entrenamiento en habilidades para la vida diaria
- Guardería/Cuidado diurno
- Desarrollo y provisión de un sistema de respuesta de emergencia de 24 horas
- Desarrollo de apoyos naturales no remunerados
- Diagnóstico
- Pañales
- Cuidado domiciliario
- Educación
- Intervención de emergencia y crisis
- Alojamiento de emergencia
- Ayuda de emergencia para los asistentes personales
- Evaluación
- Círculos de apoyo facilitados
- Facilitación, incluida la divulgación y la educación
- Facilitación con un facilitador de elección del consumidor.
- Asistencia financiera
- Servicios de seguimiento
- Colocación en una familia de acogida
- Habilitación
- Asistencia para la localización del hogar
- Servicios de ayuda doméstica
- Identificación de círculos de apoyo
- Programas de estimulación infantil
- Servicios de información y derivación
- Servicios de salud mental
- Terapia ocupacional
- Vecinos pagados
- Compañeros de habitación pagados
- Capacitación para padres
- Compañeros/pares defensores
- Cuidado o asistencia personal
- Terapia física
- Protección de los derechos civiles, de servicio y legales
- Servicios de protección
- Provisión de círculos de apoyo
- Recreación
- Reclutamiento, contratación y formación de asistentes personales
- Relevo/Descanso
- Relevo para los asistentes de cuidados personales
- Capacitación sobre autodefensa
- Entrenamiento en sexualidad
- Empleo protegido
- Cuidados a corto plazo fuera del hogar
- Servicios sociales
- Entrenamiento de habilidades sociales
- Servicios sociojurídicos
- Situaciones especiales de vida
- Atención dental especializada
- Atención médica especializada
- Terapia del habla
- Servicios de apoyo a los consumidores en sus propios hogares o en los que alquilan
- Empleo con apoyo
- Alojamiento con apoyo
- Asistencia técnica
- Formación
- Servicios de transporte
- Formación en materia de viajes
- Tratamiento
- Servicios subvencionados
- Servicios y apoyos necesarios para que las familias mantengan a sus hijos con discapacidades del desarrollo en casa, cuando vivir en casa sea lo mejor para el niño.
- Servicios y apoyos necesarios para mantener y fortalecer la unidad familiar, cuando uno o ambos progenitores sean personas con discapacidades del desarrollo.
- Otros servicios y apoyos que le permitan una mayor autosuficiencia y una mayor rentabilidad para el Estado.
- Si está inscrito en la exención por discapacidad del desarrollo de HCBS (exención DD), es posible que pueda obtener otros servicios en el marco de esa exención. Consulte el Capítulo 11 para obtener más información.