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(11.25) ¿Qué servicios cubre la exención DD?

(11.25) ¿Qué servicios cubre la exención DD?

La exención DD cubre muchos servicios, que incluyen:[1]Exención DD, 1 de enero de 2018, Apéndice C, páginas 60-206. Tenga en cuenta que algunos servicios de exención solo están disponibles para destinatarios mayores de 21 años. Esto se debe a que … Continue reading

  1. Administración de casos: La administración de casos se proporciona a través del beneficio de Administración de casos específicos incluido en el Plan estatal de Medicaid de California.[2]Exención DD, 1 de enero de 2018, Sección C-1, página 196
  2. Servicios domésticos: Preparación de comidas y cuidado rutinario del hogar, cuando el responsable habitual está temporalmente ausente o no puede administrar el hogar y cuidar de sí mismo o de otras personas en el hogar.
  3. Servicios de asistencia médica en el hogar: A través de una agencia de atención médica a domicilio.
  4. Cuidado de relevo: Atención y supervisión no médicas temporales proporcionadas dentro o fuera del hogar. Cuidar las necesidades diarias básicas de un consumidor mientras su familia está ausente por un corto tiempo y aliviar a los miembros de la familia de las constantes demandas de atención.
  5. Habilitación: Servicios para ayudar a las personas a obtener, retener y mejorar las habilidades de autoayuda, socialización y adaptación necesarias para vivir en el hogar y en la comunidad. Los servicios de habilitación incluyen:
    • Servicios de intervención en crisis: Incluye programas intensivos de intervención conductual, seguimiento y análisis de la conducta. Se proporciona en muchos entornos, como el hogar o el lugar de trabajo del consumidor. También incluye apoyo en crisis.
    • Servicios para formas comunitarias de vivienda:
      • Entornos con licencia o certificados, como hogares grupales, incluidos los hogares de apoyo conductual mejorado
      • Servicios de vida con apoyo, que son apoyos sociales, habilidades de adaptación, financieras y de otro tipo, para que un consumidor viva en una casa que sea de su propiedad o alquilada, que no tiene licencia.
    • Servicios de atención diurna
      • Servicios diurnos comunitarios: Habilitación durante 4 o más horas al día, 1 o más días a la semana, en un entorno no residencial.
      • Servicios diurnos terapéuticos/basados en actividades: Habilitación a través de actividades físicas y terapéuticas diseñadas para ayudar con el comportamiento problemático, expresar necesidades y sentimientos, mejorar el desarrollo motor y de la comunicación, aumentar la socialización y la conciencia de la comunidad y proporcionar experiencias.
      • Servicios diurnos relacionados con la movilidad: Enseñar a usar el transporte público u otro medio de transporte.
  6. Servicios preprofesionales: Desarrollar y enseñar habilidades generales que conduzcan a un empleo competitivo e integrado.
  7. Servicios de empleo con apoyo: Trabajo remunerado integrado en la comunidad. Incluye capacitación laboral personalizada y otros servicios de empleo con apoyo que disminuyen hasta que ya no se necesitan, brindados dentro o fuera del lugar de trabajo.
  8. Servicios odontológicos: De dentistas e higienistas dentales con licencia.
  9. Terapia ocupacional
  10. Terapia física
  11. Servicios de optometría/ópticos
  12. Lentes y armazones recetados
  13. Servicios de psicología: Evaluación, tratamiento, prevención y mejora de los trastornos emocionales y de salud mental.
  14. Servicios de habla, audición y lenguaje: Patología del habla, servicios de audiología y audífonos.
  15. Servicio de administración financiera (FMS): Pagar por bienes y servicios o manejar la nómina de los consumidores adultos o los trabajadores de sus familias incluidos en el IPP. Los FMS están disponibles solo para estos servicios autodirigidos: relevo, transporte, servicio de capacitación basado en la comunidad y enfermería especializada.
  16. Servicios de asistencia con los quehaceres domésticos: Servicios necesarios para mantener un hogar limpio, higiénico y seguro. Incluye las tareas domésticas pesadas y las reparaciones menores, como las que realiza el personal de mantenimiento.
  17. Ayudas para la comunicación: Servicios humanos necesarios para ayudar a las personas con impedimentos auditivos, del habla o de la vista a comunicarse de manera eficaz con los proveedores de servicios, la familia, los amigos, los compañeros de trabajo y el público en general. Incluye facilitadores, intérpretes y traductores, dependiendo del IPP.
  18. Servicio de capacitación basado en la comunidad: Un servicio dirigido por el participante que permite a los destinatarios personalizar los servicios diurnos para satisfacer sus necesidades. Según lo determinado por el proceso de IPP centrado en la persona, el servicio puede incluir ayuda para:
    • Desarrollar o mantener actividades laborales y de voluntariado,
    • Continuar en la educación postsecundaria e
    • Incrementar las habilidades para llevar una vida integrada e inclusiva.
  19. Adaptaciones de accesibilidad en el entorno: Adaptaciones físicas al hogar. Por ej. Rampas, barras de apoyo, ensanchamiento de puertas, modificaciones de baños e instalación de sistemas eléctricos y de plomería necesarios para equipos y suministros médicos. Las adaptaciones que se suman al total de pies cuadrados de la casa están excluidas de este beneficio. Se pueden proporcionar adaptaciones hasta 180 días antes del alta de una institución.
  20. Servicios de Apoyo Familiar: Cuidado y supervisión de niños proporcionados regularmente, por períodos de menos de 24 horas por día, mientras el padre/madre/cuidador principal no remunerado está fuera del hogar. Proporcionado dentro o fuera de casa. 
  21. Capacitación para familias/consumidores: Capacitación de proveedores autorizados para obtener un mejor resultado del tratamiento. Incluye apoyo o asesoramiento para el consumidor y la familia para asegurarse de que comprendan los tratamientos brindados y los apoyos necesarios en el hogar para mejorar los tratamientos.
  22. Servicios de acceso a la vivienda: Incluye dos partes:
    • Servicios de transición de vivienda individual: incluye averiguar qué vivienda quiere el consumidor, desarrollar un plan, buscar y solicitar una vivienda, identificar cómo pagar los costos de mudanza, enseñar cómo tratar con el propietario y planificación en caso que la vivienda estuviera en peligro.
    • Servicios individuales de mantenimiento de vivienda y arrendamiento: servicios para conservar la vivienda una vez que está asegurada. Enseñanza sobre prevención de problemas, responsabilidades, resolución de disputas y manejo del hogar.
  23. Transporte no médico: Servicio ofrecido para ayudar a las personas a obtener acceso a exenciones y otros servicios, actividades y recursos comunitarios, especificados por el IPP. Se proporcionará transporte privado y especializado a las personas que no puedan acceder y utilizar de forma segura el transporte público. Las personas también pueden obtener transporte médico según la ley federal y el Plan estatal. 
  24. Consulta nutricional: Planificación para satisfacer las necesidades nutricionales y dietéticas especiales.
  25. Sistemas personales de respuesta a emergencias (PERS): Por ejemplo: buscapersonas, brazaletes de alerta médica, líneas de vida y extintores de incendios.
  26. Enfermería especializada: Servicios de una enfermera licenciada.
  27. Equipamiento y suministros médicos especializados: Dispositivos, controles o aparatos que ayudan a las personas a aumentar sus habilidades para realizar actividades de la vida diaria, o para percibir, controlar o comunicarse con el entorno. También incluye los artículos necesarios para el soporte vital o para tratar las condiciones físicas junto con el equipo necesario para el funcionamiento adecuado de esos artículos, otros equipos médicos duraderos y no duraderos y los suministros médicos necesarios.
  28. Gastos de transición/instalación: Gastos de instalación únicos y no recurrentes para las necesidades de salud y seguridad al realizar la transición de una institución a su propio hogar. Incluye depósitos de seguridad, gastos de mudanza, limpieza única antes de la mudanza, muebles, artículos para el hogar, deseos recreativos como televisión y cable, y pagos por alojamiento y comida. Los artículos comprados son propiedad de la persona que recibe el servicio; si la persona se muda puede llevárselos ya que son suyos. Puede obtener gastos hasta 180 días antes del alta de una institución.
  29. Modificaciones y adaptaciones de vehículos: Reemplazo de manijas de puerta, ensanchamiento de puertas, dispositivos de elevación, dispositivos de sujeción de sillas de ruedas, dispositivos de asiento adaptados, dispositivos de dirección, aceleración, señalización y frenado adaptados, y pasamanos y barras de apoyo.Se incluyen la reparación, el mantenimiento, la instalación y la formación en el cuidado y uso de estos elementos. No incluye la compra del propio vehículo. El vehículo debe ser propiedad del destinatario o de un miembro de la familia (definido en términos generales).
  30. Nuevos servicios de exención:
    • A partir del 1 de abril de 2020, una enmienda de exención agregó los hogares de crisis comunitarios operados por el estado, los hogares de apoyo conductual mejorado y los equipos móviles de crisis como nuevos servicios de exención. Consulte el Capítulo 8 para obtener más información sobre estos servicios.
    • A partir del 19 de enero de 2021, una enmienda de exención agregó los Servicios de Transición Intensiva (ITS) como un nuevo servicio. Los ITS son para personas que tienen necesidades complejas de salud conductual y que han hecho la transición a una opción de vida comunitaria. El personal está disponible las 24 horas del día, incluidos los fines de semana, feriados y en épocas de crisis. Los ITS incluyen manejo de la ira, educación sobre la salud y la dieta, educación sexual/fomento de relaciones saludables, entrenamiento y manejo del comportamiento, terapia, tratamiento integrado de trastornos concurrentes y planificación de la transición.

References
1 Exención DD, 1 de enero de 2018, Apéndice C, páginas 60-206. Tenga en cuenta que algunos servicios de exención solo están disponibles para destinatarios mayores de 21 años. Esto se debe a que el Plan Estatal de Medi-Cal (Medi-Cal sin exención) cubre estos servicios bajo los beneficios de EPSDT para personas menores de 21 años
2 Exención DD, 1 de enero de 2018, Sección C-1, página 196