Sí. Para la elegibilidad regular de Medi-Cal (no para la exención DD), un niño generalmente está en el hogar de sus padres. Medi-Cal llama a un hogar una “Unidad de Presupuesto Familiar de Medi-Cal” o MFBU. Cuando un niño está en el hogar (MFBU) con los padres, los ingresos y recursos de los padres se cuentan para la elegibilidad de Medi-Cal del niño.
NOTA: Usted es un “niño” para Medi-Cal si es menor de 18 años, o si ambas cosas son verdaderas:
- Tiene 18 años o más, pero menos de 21, y
- Su padre lo reclama como dependiente para obtener un crédito fiscal o una deducción a los fines de los impuestos sobre la renta estatales o federales.[1]22 CCR § 50060 y § 50351(c)
Puede solicitar la Exención DD a través de una evaluación institucional si es menor de 21 años y sus padres lo reclaman como dependiente.[2]ACWDL 00-59 Esto significa que es un niño para Medi-Cal. Sus padres deberán proporcionar información sobre sus ingresos y recursos para la solicitud. Consulte la Pregunta 12.