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(11.12) ¿Qué sucede si los ingresos de mi familia son demasiado altos para calificar para Medi Cal?

(11.12) ¿Qué sucede si los ingresos de mi familia son demasiado altos para calificar para Medi Cal?

Aún puede obtener Medi-Cal por la Exención DD. El propósito principal de la Exención DD es ayudarlo a mantenerse fuera de una institución y en la comunidad. Por lo tanto, incluso si los ingresos de su familia son demasiado altos, puede ser elegible para Medi‑Cal porque no contarán los ingresos o recursos de sus padres o cónyuge.

Medi-Cal puede determinar su elegibilidad mediante la “consideración institucional”. Esto significa que Medi‑Cal evaluará su elegibilidad como si viviera en una institución y no con sus padres o cónyuge. Esto significa que no está en la MFBU de sus padres o cónyuge (consulte la Pregunta 11). Esto se debe a que Medi-Cal solo cuenta sus propios ingresos y recursos (que a menudo son bajos o nulos) cuando vive en una institución.

Medi-Cal puede usar la consideración institucional para determinar su elegibilidad para Medi-Cal, porque las personas en la Exención DD ya están calificadas para recibir servicios en un ICF/DD (centro de atención intermedia).

Así es como funciona el proceso:

  • El centro regional determina que usted califica para los servicios de exención DD, pero no es elegible para Medi-Cal debido a los ingresos o recursos de sus padres o cónyuge.
  • El centro regional se comunica con la persona de contacto de exención del condado y le pregunta si es elegible para Medi-Cal sin contar los ingresos de sus padres o cónyuge.[1]Los procedimientos se explican en las Cartas del Departamento de Atención Médica a Todos los Directores de Bienestar Social del Condado (ACWDL) N.º 00-08, 00-59, 01-24
  • La persona de contacto de exención del condado utiliza la consideración institucional para examinar su solicitud y decidirá si usted es elegible para Medi‑Cal sin costo o con costo compartido. Consulte las preguntas 13 y 14 para saber cuándo podría tener Medi-Cal con costo compartido.
  • Si es elegible, calificará para Medi‑Cal bajo un código especial.
  • Su Medi-Cal será de “alcance completo”, lo que significa que puede ver médicos, ir al hospital y tener otros servicios de Medi-Cal. El centro regional puede pagar algunos de los servicios de su centro regional usando Medi-Cal.

References
1 Los procedimientos se explican en las Cartas del Departamento de Atención Médica a Todos los Directores de Bienestar Social del Condado (ACWDL) N.º 00-08, 00-59, 01-24