Aún puede obtener Medi-Cal por la Exención DD. El propósito principal de la Exención DD es ayudarlo a mantenerse fuera de una institución y en la comunidad. Por lo tanto, incluso si los ingresos de su familia son demasiado altos, puede ser elegible para Medi‑Cal porque no contarán los ingresos o recursos de sus padres o cónyuge.
Medi-Cal puede determinar su elegibilidad mediante la “consideración institucional”. Esto significa que Medi‑Cal evaluará su elegibilidad como si viviera en una institución y no con sus padres o cónyuge. Esto significa que no está en la MFBU de sus padres o cónyuge (consulte la Pregunta 11). Esto se debe a que Medi-Cal solo cuenta sus propios ingresos y recursos (que a menudo son bajos o nulos) cuando vive en una institución.
Medi-Cal puede usar la consideración institucional para determinar su elegibilidad para Medi-Cal, porque las personas en la Exención DD ya están calificadas para recibir servicios en un ICF/DD (centro de atención intermedia).
Así es como funciona el proceso:
- El centro regional determina que usted califica para los servicios de exención DD, pero no es elegible para Medi-Cal debido a los ingresos o recursos de sus padres o cónyuge.
- El centro regional se comunica con la persona de contacto de exención del condado y le pregunta si es elegible para Medi-Cal sin contar los ingresos de sus padres o cónyuge.[1]Los procedimientos se explican en las Cartas del Departamento de Atención Médica a Todos los Directores de Bienestar Social del Condado (ACWDL) N.º 00-08, 00-59, 01-24
- La persona de contacto de exención del condado utiliza la consideración institucional para examinar su solicitud y decidirá si usted es elegible para Medi‑Cal sin costo o con costo compartido. Consulte las preguntas 13 y 14 para saber cuándo podría tener Medi-Cal con costo compartido.
- Si es elegible, calificará para Medi‑Cal bajo un código especial.
- Su Medi-Cal será de “alcance completo”, lo que significa que puede ver médicos, ir al hospital y tener otros servicios de Medi-Cal. El centro regional puede pagar algunos de los servicios de su centro regional usando Medi-Cal.
↑1 | Los procedimientos se explican en las Cartas del Departamento de Atención Médica a Todos los Directores de Bienestar Social del Condado (ACWDL) N.º 00-08, 00-59, 01-24 |
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