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(9.5) ¿Debo utilizar recursos genéricos para obtener ayuda con el trabajo o las actividades de ocio antes de que el centro regional me ayude a conseguirlos?

(9.5) ¿Debo utilizar recursos genéricos para obtener ayuda con el trabajo o las actividades de ocio antes de que el centro regional me ayude a conseguirlos?

Los servicios genéricos son servicios de otra agencia que atiende al público en general.[1]Sección 4644(b) La ley dice que un cliente de un centro regional debe usar servicios genéricos antes de que el centro regional pueda pagar por servicios similares.[2]Secciones 4648(a)(8) y 4659 Los centros regionales son los pagadores de último recurso porque los consumidores deben utilizar primero los recursos genéricos. Primero debe usar los recursos genéricos si obtiene los servicios del centro regional de manera regular o si está en el Programa de autodeterminación (SDP).[3]Sección 4685.8(d)(3)(B)

Un ejemplo es el Departamento de Rehabilitación (DOR). El DOR es una agencia genérica de servicios vocacionales y de transporte. El DOR ayuda a las personas con discapacidades a conseguir y mantener un trabajo y a vivir de forma independiente en sus comunidades. Esto incluye los servicios de rehabilitación vocacional (que se analizan a continuación). El DOR también puede brindar capacitación educativa y universitaria. Si usted es elegible para recibir servicios del DOR, el centro regional no puede comprar servicios similares. La Ley Lanterman también dice que el centro regional debe garantizar que no haya brechas en la prestación de servicios y apoyos contenidos en su IPP.[4]Secciones 4501 y 4648(g) Por lo tanto, hasta que la agencia genérica responsable acepte cubrir el servicio, solicite al centro regional que pague. Consulte el Capítulo 4 sobre el proceso de desarrollo del IPP.

References
1 Sección 4644(b)
2 Secciones 4648(a)(8) y 4659
3 Sección 4685.8(d)(3)(B)
4 Secciones 4501 y 4648(g)