El DDS paga la mayoría de los servicios y apoyos mediante contratos con los centros regionales.
Otros organismos suelen pagar por los servicios y apoyos en lugar del centro regional. En virtud de la Ley Lanterman, los servicios que brindan otros organismos son servicios o recursos “genéricos”. Los servicios genéricos son los que están disponibles para el público a través de organismos financiados con fondos públicos.[1] Sección 4648(a)(8). Es posible que necesite que el centro regional coordine servicios o lo ayude a recibir los servicios genéricos por parte de organismos como:
- Distritos escolares
- Departamento de Rehabilitación
- Medi-Cal o Medicare
- Servicios para los Niños de California (CCS)
- Servicios de Apoyo en el Hogar (IHSS) y otros organismos
Los apoyos “naturales” son la ayuda gratuita que obtiene por parte de familiares, amigos, vecinos y otras personas de su comunidad.[2] Sección 4512(e). Los servicios que paga el centro regional, como los servicios de vida independiente o de apoyo para la vida, pueden ayudarlo a desarrollar, reforzar o ampliar sus apoyos naturales.