Los programas de los centros regionales, como los de Empleo con Apoyo o de Actividades Laborales, se denominan “servicios de habilitación” en la ley. Muchos de los programas explicados anteriormente son servicios de habilitación. Lo preparan para trabajar al más alto nivel posible, o lo preparan para los servicios de rehabilitación vocacional.[1]Sección 4851(a) El DDS administra el Programa de Servicios de Habilitación.[2]Sección 4850.1