Las órdenes de internación más comunes son:
- Código de Bienestar e Instituciones, sección 6500: Se utiliza para internar a las personas con discapacidad intelectual que se consideran peligrosas para ellos mismos o para los demás. El tribunal debe decidir cuál es el entorno menos restrictivo para que viva la persona.[1]Código de Bienestar e Instituciones, sección 6509. El tribunal debe revisar la internación todos los años.
- Código Penal, sección 1370.1: Esto se usa para personas que son “incompetentes para ser juzgadas” (IST) por cargos criminales debido a una discapacidad del desarrollo.[2]Para obtener una descripción más detallada, consulte la publicación de Disability Rights California sobre problemas legales de salud mental forense, que se encuentra aquí: … Continue reading También se le llama internación forense. La internación no puede durar más de 2 años.
- Código Penal, sección 1026: Corresponde a las personas declaradas “no culpables por razón de locura” (NGI). Dura hasta que “se restablezca la cordura” o hasta que termine su condena.
Aquí no cubrimos los procedimientos complicados para las órdenes de compromiso.[3]Consulte la publicación del DDS Procesos de admisión y reingreso a la comunidad en instalaciones residenciales estatales: Una guía de requisitos legales, conclusiones judiciales (jurisprudencia) y … Continue reading Debe trabajar con su abogado, a menudo un defensor público, a quien se le asigna la tarea de proteger sus derechos.
↑1 | Código de Bienestar e Instituciones, sección 6509 |
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↑2 | Para obtener una descripción más detallada, consulte la publicación de Disability Rights California sobre problemas legales de salud mental forense, que se encuentra aquí: https://www.disabilityrightsca.org/publications/forensic-mental-health-legal-issues |
↑3 | Consulte la publicación del DDS Procesos de admisión y reingreso a la comunidad en instalaciones residenciales estatales: Una guía de requisitos legales, conclusiones judiciales (jurisprudencia) y procedimientos administrativos en California. Puede encontrarlo en línea en: www.dds.ca.gov/wp-content/uploads/2019/03/CC_CommReEntry_20190318-1.pdf |